La publicación de la nueva Ley General de Aguas (LGA) marca un cambio estructural en la gestión hídrica de México. Más allá de actualizar el marco jurídico, la legislación redefine la manera en que estados, municipios y organismos operadores deberán garantizar el derecho humano al agua y al saneamiento.
De acuerdo con el documento “Elementos para la armonización normativa en las entidades federativas conforme a la Ley General de Aguas”, elaborado por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la nueva legislación representa una transición de un modelo centrado en el aprovechamiento administrativo del recurso hacia un enfoque basado en derechos humanos.
Uno de los principales cambios es que las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales para armonizar sus leyes locales conforme a la nueva LGA. Esto implica revisar reglamentos, leyes estatales de agua, disposiciones municipales y mecanismos de operación de los organismos operadores.
La guía de Conagua subraya que la armonización normativa no significa replicar literalmente la legislación federal, sino adaptar sus principios a las condiciones institucionales, territoriales y sociales de cada entidad.
Nuevas obligaciones para estados y municipios
La Ley General de Aguas establece nuevas atribuciones para las entidades federativas y los municipios en materia de agua potable, saneamiento y gestión hídrica.
Entre las responsabilidades que deberán incorporarse en las legislaciones estatales destacan:
- garantizar el derecho humano al agua;
- incorporar perspectiva de género y enfoque de derechos humanos;
- priorizar presupuestos para servicios de agua y saneamiento;
- promover mecanismos de participación ciudadana;
- regular sistemas de captación pluvial;
- fortalecer la profesionalización de organismos operadores.
Para los municipios, la ley enfatiza que los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales deberán considerarse “derechos humanos de atención prioritaria”.
Esto implica que la planeación y presupuestación municipal tendrá que priorizar infraestructura hidráulica, saneamiento y mantenimiento de servicios públicos.
Además, la legislación impulsa la coordinación intermunicipal y la creación de sistemas metropolitanos o regionales para mejorar la prestación de servicios de agua y saneamiento.
Organismos operadores y profesionalización
Otro de los ejes centrales de la LGA es el fortalecimiento institucional de los organismos operadores de agua.
La guía establece que las entidades federativas deberán emitir disposiciones que garanticen una gestión eficaz en la prestación de servicios, incluyendo procesos de capacitación y profesionalización del personal.
La nueva legislación reconoce que los organismos operadores tienen una responsabilidad estratégica en la garantía del derecho humano al agua, por lo que será necesario fortalecer capacidades técnicas, administrativas y operativas.
Asimismo, se reconoce formalmente a los Sistemas Comunitarios de Agua y Saneamiento (SCAS), particularmente relevantes en comunidades rurales, indígenas o zonas donde no operan organismos municipales tradicionales.
La LGA establece que estos sistemas comunitarios solo podrán operar para uso personal y doméstico, sin fines de lucro, y deberán contar con regulación específica en las leyes estatales.
Prohibición de suspensión total del servicio
Uno de los cambios con mayor impacto para organismos operadores y usuarios es la prohibición de suspender totalmente el suministro de agua potable por falta de pago en uso doméstico.
La legislación establece que, aun en casos de adeudos, deberá garantizarse una cantidad mínima para consumo humano básico.
La guía retoma criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los cuales reconocen el acceso al agua como un derecho indispensable para la vida, la salud y otros derechos fundamentales.
Además, se recomienda a los organismos operadores mantener padrones actualizados y establecer mecanismos alternativos de cobro que no vulneren el acceso mínimo vital al agua.
Captación pluvial y sustentabilidad
La Ley General de Aguas también impulsa la instalación de sistemas de captación de agua de lluvia para uso doméstico.
Las entidades federativas deberán promover regulaciones acordes a sus necesidades regionales y fomentar la incorporación de estos sistemas en códigos de construcción y desarrollos inmobiliarios.
El documento incluso cita ejemplos de reglamentos estatales y municipales que ya incorporan infraestructura para captación y aprovechamiento de agua pluvial en viviendas y edificaciones.
Un nuevo paradigma para la gestión hídrica
La nueva LGA consolida un modelo donde el agua deja de entenderse únicamente como un recurso administrativo o económico y se coloca como un derecho humano prioritario.
La armonización normativa que deberán realizar estados y municipios durante los próximos meses será clave para definir cómo se traducen estos principios en políticas públicas, operación de organismos operadores, infraestructura y acceso efectivo al agua para millones de personas.
Para el sector hídrico, este proceso representa también una oportunidad para fortalecer capacidades institucionales, modernizar esquemas de gestión y avanzar hacia modelos más sostenibles, equitativos y resilientes.
Conoce el documento completo en este enlace: Elementos para la armonización normativa en las entidades federativas conforme a la Ley General de Aguas





